¿UN CAMIONERO NACIDO CON EL FANQUISMO Y DIFERENTE?
制服もの好物です♡" ¿Y el caso es que todo esto se contagia?
El tribunal concluye que “en modo alguno resulta constitucionalmente admisible presumir la existencia de un riesgo de alteración de la personalidad del menor por el mero hecho de la orientación sexual de uno y otro de sus progenitores”.
Los magistrados concluyen que la equiparación de los matrimonios
heterosexuales y homosexuales no alteran la institución del matrimonio
tal y como la configura la Constitución. “La institución matrimonial se
mantiene en términos perfectamente reconocibles para la imagen que, tras
una evidente evolución, tenemos en la sociedad española actual del
matrimonio, como comunidad de afecto que genera un vínculo o sociedad de
ayuda entre dos personas que poseen idéntica posición en el seno de
esta institución”.
Así la introducción de las parejas del mismo sexo mantiene los
aspectos fundamentales del matrimonio recogidos en la anterior redacción
del Código Civil, como la igualdad de los cónyuges, la libre voluntad
de contraerlo con la persona de la propia elección y la manifestación
pública de esa voluntad.
El tribunal recuerda además que muchos países de nuestro entorno han
equiparado los matrimonios entre personas de distinto y del mismo sexo y
acude a estudios sociológicos sobre su aceptación en España para llegar
a la conclusión de que su introducción no hace “en absoluto
irreconocible” esa institución “para la imagen que se tiene [de ella] en
la sociedad española contemporánea”.
Cuando se aprobó la norma, en 2005, este tipo de uniones solo eran
admitidas en las legislaciones de Bélgica, Países Bajos y en el Estado
norteamericano de Massachusetts, pero desde entonces, recuerda la
sentencia, se han aprobado en otros muchos como Canadá, Suráfrica,
Noruega, Suecia, Portugal, Argentina, Dinamarca…
Echando mano a las estadísticas oficiales, el Constitucional llega a
la conclusión de que el matrimonio entre homosexuales goza de “una
amplia aceptación social” en España. Según las encuestas del CIS, esa aprobación ascendía al 66,2%
de la población en 2019. Entre los jóvenes, el grado de aceptación es especialmente
elevado. El CIS lo situó en 2020 en el 76,8%.
“Lo que hace el legislador”, concluye la sentencia, “es modificar el
régimen de ejercicio del derecho constitucional al matrimonio sin
afectar a su contenido ni menoscabar el derecho al matrimonio de las
personas heterosexuales”. Y no lo menoscaba porque “no introduce ninguna
modificación material en las disposiciones legales que rigen los
requisitos y efectos del matrimonio de personas de sexo diferente”. Su
aprobación no supone en ningún caso “denegar a cualquier persona o
restringirle el derecho constitucional a contraer o a no contraer
matrimonio”.
La resolución tampoco pone pega alguna a la posibilidad de que estos
matrimonios puedan adoptar. El PP aseguraba en su recurso que esas
adopciones vulneraban la obligación constitucional para los poderes
públicos de garantizar “la protección integral de los hijos”, pero los
magistrados también rechazan este argumento.
En el caso de las adopciones por matrimonios entre personas de mismo
sexo, este interés superior del menor no se ve afectado, ya que se
garantiza mediante el examen previo de los eventuales adoptantes sea
cual sea su orientación sexual. Como recuerda la sentencia, es el juez
en última instancia el que tiene la facultad de denegar la adopción
cuando sea contraria al interés del menor.
Contra la resolución, los magistrados conservadores Ramón Rodríguez
Arribas, Andrés Ollero y Juan José González Rivas presentaron votos
particulares discrepantes. El magistrado a propuesta del PSOE Manuel
Aragón Reyes también formuló voto particular, aunque en este caso
concurrente, al estar de acuerdo con el fallo.
Alejandro Gil Arnal @AlejandroSomos
Vista Alegre. Zaragoza
Nos dicen las mujeres a los maridos que no las valoramos. Tengo un chiste que cuenta algo sobre este tema:
Esto son dos parejas, que están un pub tomando unas copitas. Y ya se
sabe los dos hombres hablando entre ellos y las mujeres algo alejadas y
hablando entre ellas.
En esto que uno de los hombres le dice al otro:
--Te tengo que recomendar un restaurante estupendo, fantástico, en el que estuvimos anoche.
--Ah, ¿si? – dice el otro – ¿y como se llamaba?
--Pues espera que me acuerde… dejame recordar…. esto… como se llama.. ¿como se llama la flor esa que regalan los enamorados a las enamoradas?
--Rosa – dice el amigo
--Eso es… y dice a grito pelao en el pub:
--¡¡¡¡RROOOOSSSAAA!!!!! ¿Como se llamaba el restaurante donde estuvimos anoche?
...No nos debe de sorprender que luego se busquen otro macho para pasarlo bien como sucede en este video. Jejeje... Aunque aquí el que mejor se lo pasa es el marido...
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